03/05/2018
Emisión de Tickets sin tasas aeroportuarias para pasajeros de gobierno en Brasil
Les informamos que, de acuerdo a la ORDENANZA No 85/SRA, DE 10 DE ENERO DE 2018, de la Agencia Nacional de Aviación Civil en Brasil (ANAC), se definió que desde el día 15 de mayo, 2018, ciertos pasajeros con cargos gubernamentales o pertenecientes a ciertos organismos de gobierno están exentos del cobro de tasas de embarque y/o conexión, y como también sus respectivos familiares.
De acuerdo a la resolución:
"... se consideran invitados del Gobierno Brasileño a los representantes diplomáticos y funcionarios consulares extranjeros, así como a las respectivas familias, cuando portadores de pasaporte diplomático o pasaporte de servicio emitidos por Gobierno extranjero, identidad diplomática o identidad consular emitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La concesión del beneficio estará condicionada a la reciprocidad de tratamiento. Se consideran también invitados del Gobierno Brasileño a los funcionarios extranjeros de Organizaciones Internacionales con sede en Brasil, siempre que gozan de exenciones tributarias, en términos de acuerdo de sede específicos."
La exención se aplica para vuelos doméstico en Brasil y vuelos internacionales con origen en Brasil.
Para acceder a la exención de tasas, los pasajeros deberán indicar de forma proactiva su condición y presentar documentación de respaldo que lo acredite. El detalle de los casos exentos de tasas se puede revisar abajo:
APLICA PARA LOS SIGUIENTES PASAJEROS QUE SE ENCUENTRAN EXENTOS:
Pasajeros exentos del pago de la tasa aeroportuaria nacional e internacional:
PAÍSES |
Agentes diplomáticos consulares acreditados junto al Gobierno local * |
Funcionarios técnico-administrativos de la Embajada o de las oficinas consulares ** |
Portadores de pasaporte diplomático en misión eventual, no acreditados |
Portadores de pasaporte oficial en misión eventual, no acreditados |
Arabia Saudita |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Australia |
SÍ |
NO |
SÍ |
NO |
Bolivia |
SÍ |
SÍ |
NO |
NO |
Chipre |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Colombia |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Corea del Norte |
SÍ |
NO |
SÍ |
NO |
Costa Rica (1) |
SÍ |
SÍ |
NO |
NO |
dominica |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
NO |
Eslovaquia |
NO |
NO |
NO |
NO |
Estonia |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Estados Unidos |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Granada |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Haití |
SÍ |
SÍ |
NO |
NO |
Honduras |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Japón |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Kuwait |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
NO |
Liberia |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
México |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Nicaragua |
SÍ |
NO |
SÍ |
NO |
Nueva Zelanda |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Omán |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Pakistán |
SÍ |
NO |
SÍ |
NO |
Paraguay |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Polonia (2) |
NO |
NO |
NO |
NO |
San Tome y Principe |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Ir |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Uruguay |
SÍ |
SÍ |
NO |
NO |
Zambia |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Observaciones * Documentos de Identidad emitidos por la Coordinación General de Privilegios e Inmunidades (CGPI) / Ministerio de Relaciones Exteriores Brasil (MRE) de las categorías CD y CC0. ** Documentos de Identidad emitidos por la CGPI / MRE de las categorías AD y AC. |
||||
1 - Exención de la tarifa de embarque |
||||
2 - Sólo para personas que se encuadren en las siguientes categorías, a solicitud del MRE: Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Jefe de Parlamento, Monarca y sus familiares. |
Organismos Internacionais no Brasil |
|
Agencia Brasileña-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC) |
SÍ |
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) |
SÍ |
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) |
SÍ |
Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (BIRD) |
SÍ |
Centro de Información de las Naciones Unidas (UNIC Rio) |
SÍ |
Comisión Económica de las Naciones Unidas para América Latina y el Caribe (CEPAL) |
SÍ |
Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) |
SÍ |
Comisión Jurídica Interamericana de la Organización de los Estados Americanos (CJI-OEA) |
SÍ |
Corporación Andina de Fomento (CAF) |
SÍ |
Corporación Financiera Internacional (CFI, IFC) |
SÍ |
Oficina de las Naciones Unidas sobre Drogas y Delitos (UNODC) |
SÍ |
Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) |
NO |
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) |
SÍ |
Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) |
SÍ |
Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) |
SÍ |
Fondo Monetario Internacional (FMI) |
SÍ |
Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) |
SÍ |
Instituto Interamericano para la Investigación en Cambios Globales (IAI) |
SÍ |
Instituto Sudamericano de Gobierno en Salud (ISAGS) |
NO |
Japan Bank of International Cooperation (JBIC) |
NO |
Liga de los Estados Árabes (LEA) |
SÍ |
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNSECO) |
SÍ |
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) |
SÍ |
Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (UNIDO) |
SÍ |
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) |
NO |
Organización de los Estados Americanos (OEA) |
SÍ |
Organización de los Estados Iberoamericanos (OEI) |
NO |
Organización Internacional para las Migraciones (OIM) |
SÍ |
Organización Internacional del Trabajo (OIT) |
SÍ |
Organización Mundial de Meteorología (OMM) |
SÍ |
Organización Panamericana de la Salud y Organización Mundial de la Salud (OPS - OMS) |
SÍ |
Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA) |
NO |
Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) |
SÍ |
Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH / SIDA (ONUSIDA) |
SÍ |
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD, UNDP, ONU) |
SÍ |
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) |
SÍ |
Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - Centro de Excelencia contra el Hambre |
SÍ |
Red de Información Tecnológica Latinoamericana (RITLA) |
NO |
Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) |
SÍ |
i) Ao chefe da missão |
Se podrán presentar los siguientes casos:
1. Pasajeros exentos que desean realizar una compra (1a emisión):
Cuando el pasajero indique estar exento, se debe revisar la tabla de países exentos e indicar que debe presentar los documentos definidos en la resolución 432/2017 según el país de ciudadanía y condición de viaje del pasajero. Luego de hacer la comprobación de documentación que lo acredite se deberá proceder con la emisión del ticket liberando la tasa BR (tasa de embarque de BR). Es responsabilidad del ejecutivo que realice la emisión enviar una copia del documento probatorio para que el equipo de Atención Agencias / Núcleo de Negócios adjunte en WIS antes de finalizar el proceso de emisión.
Adicionalmente, las agencias de viajes (dentro y fuera de Brasil) deben solicitar una waiver directamente con estos equipos e ingresar el waiver y el archivo que lo acredite en WIS de acuerdo al proceso actual. En WIS se habilitó el motivo a nivel de fábrica para que las distintas unidades puedan dar el waiver, cada Representante, debe asignarlo a las unidades que correspondan bajo su estructura
Para finalizar, se debe ingresar en el campo ENDOSO del ticket:AUTH TICKETING TAX BR EXEMPT GOB Se debe informar al pasajero que debe llevarlo al aeropuerto al momento del viaje porque puede ser solicitado por el personal de la aerolínea.
2. Pasajeros exentos que declaran su condición después de tener un ticket emitido (reemisión):
Cuando el pasajero indique que ha comprado un ticket que está exento, se debe revisar la tabla de países exentos e indicar que debe presentar los documentos definidos en la resolución 432/2017 según el país de ciudadanía y condición de viaje del pasajero.
Luego de hacer la comprobación de documentación que lo acredite se deberá proceder con la reemisión y devolución de la tasa de embarque BR.
3. Pasajeros exentos que declaran su condición posterior al viaje (ticket usado):
Para tickets emitidos en los canales de ventas indirectas el cliente debe ser derivado directamente a LATAM para que solicite la devolución de la tasa.