- Pasajeros menores de 16 años saliendo de Reino Unido
- Aplica independiente del país de emisión.
- Solo para pasajeros viajando en Cabina Economy.
- Crear la reserva y enviarla al equipo de Global Sales Support solicitando la exención del impuesto, adjuntando la documentación de respaldo.
- Con el número de caso de Salesforce (SF), enviado automáticamente en respuesta al correo de solicitud, el agente debe comunicarse con el equipo de Soporte Operacional a través del chat.
- Una vez revisada la documentación el ejecutivo de atención LATAM envía el waiver generado.
- El agente debe emitir el ticket (manipulando manualmente la máscara de tarificación) e introducir el código waiver en el campo endoso.
Los siguientes países están exentos de la emisión de impuestos/tasas aeroportuarias:
País: |
Consideraciones: |
Tipo de Impuesto/tasa aeroportuaria: |
Argentina |
Clientes en Argentina que soliciten exención de tasas aeroportuarias e impuestos, con documentación de respaldo. |
Revisar el GDS para verificar el detalle de impuestos y exenciones aplicables. |
Brasil |
De acuerdo a la ORDENANZA No 85/SRA, DE 10 DE ENERO DE 2018, de la Resolución 432/2017 de la Agencia Nacional de Aviación Civil en Brasil (ANAC), establece que pasajeros con cargos gubernamentales o pertenecientes a ciertos organismos de gobierno como también sus respectivos familiares, están exentos del cobro de tasas aeroportuarias: De acuerdo a la resolución: " ... se consideran invitados del Gobierno Brasileño a los representantes diplomáticos y funcionarios consulares extranjeros, así como a las respectivas familias, cuando portadores de pasaporte diplomático o pasaporte de servicio emitidos por Gobierno extranjero, identidad diplomática o identidad consular emitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores .La concesión del beneficio estará condicionada a la reciprocidad de tratamiento. Se consideran también invitados del Gobierno Brasileño a los funcionarios extranjeros de Organizaciones Internacionales con sede en Brasil, siempre que gozan de exenciones tributarias, en términos de acuerdo de sede específicos" |
Tasa aeroportuaria BR, de embarque y/o conexión
Vuelos doméstico en Brasil y vuelos internacionales con origen en Brasil |
Colombia |
La resolución 6251 de la Aeronáutica Civil en Colombia, establece que algunas agencias están autorizadas para emitir sin tasas aeroportuarias a pasajeros que presenten documentación de exención. |
Tasa aeroportuaria |
Reino Unido |
Aplica a:
Al realizar una emisión en agencias de viajes de un negocio pre-acordado, se deberá incluir en el ticket el Número de Negocio o Tour code. Pasajeros que tengan un ticket emitido con el cobro del impuesto GB deberán ser redirigidos a un Ejecutivo de Atención Agencias para poder solicitar la devolución de éste |
GB (APD Air Passenger Duty). |
Uruguay |
Clientes en Uruguay que soliciten exención de tasas aeroportuarias e impuestos, con documentación de respaldo. |
Impuesto UY |
Proceso para exentar el cobro de tasas aeroportuarias:
- DDJJ de la agencia que emite ARG (link)
- Documento de identidad donde indique domicilio de residencia. En caso que el documento no lo indique, presentar Pasaporte + Licencia de conducir del país donde reside o Pasaporte + certificado de residencia emitido por la autoridad competente en cada país.
En Argentina, se deberá presentar documentación para exentar el cobro, excepto si se trata de un viaje con destino MPN (Islas Malvinas).
Pasajeros exentos |
Documentación requerida |
Diplomático extranjero |
Copia de pasaporte diplomático extranjero (incluye familiares directos). Algunos pasaportes tienen en la tapa la leyenda de pasaporte diplomático u oficial) . |
Diplomático nacional |
Copia de pasaporte diplomático |
Personal en misión oficial (nacional o extranjero) y personal de organismos internacionales, familiares y agentes de la delegación. Aplica a extranjeros si su país se encuentra en este listado |
Copia del pasaporte oficial/diplomático y Carta Oficial del Organismo Internacional o Nacional solicitante (sello y firma).
|
Entidades enunciadas en los incisos b), d), e), f), g), l) y p) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias |
Constancia de exención de impuesto a las ganancias Se puede verificar si está exenta en el siguiente link: https://www.afip.gob.ar/genericos/exentas-rg2681/ |
Entidades del Estado Nacional, y sus equivalentes en los Estados provinciales y municipales. |
Carta oficial del organismo Nacional o Provincial solicitando la exención de los impuestos para ese pasajero. |
Extranjeros no residentes |
Pasajeros exentos del pago de la tasa aeroportuaria nacional e internacional:
PAÍSES |
Agentes diplomáticos consulares acreditados junto al Gobierno local * |
Funcionarios técnico-administrativos de la Embajada o de las oficinas consulares ** |
Portadores de pasaporte diplomático en misión eventual, no acreditados |
Portadores de pasaporte oficial en misión eventual, no acreditados |
Arabia Saudita |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Australia |
SÍ |
NO |
SÍ |
NO |
Bolivia |
SÍ |
SÍ |
NO |
NO |
Chipre |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Colombia |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Corea del Norte |
SÍ |
NO |
SÍ |
NO |
Costa Rica (1) |
SÍ |
SÍ |
NO |
NO |
República Dominicana |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
NO |
Eslovaquia |
NO |
NO |
NO |
NO |
Estonia |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Estados Unidos |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Granada |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Haití |
SÍ |
SÍ |
NO |
NO |
Honduras |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Japón |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Kuwait |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
NO |
Liberia |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
México |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Nicaragua |
SÍ |
NO |
SÍ |
NO |
Nueva Zelanda |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Omán |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Pakistán |
SÍ |
NO |
SÍ |
NO |
Paraguay |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Polonia (2) |
NO |
NO |
NO |
NO |
San Tomé y Príncipe |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Ir |
SÍ |
NO |
NO |
NO |
Uruguay |
SÍ |
SÍ |
NO |
NO |
Zambia |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Observaciones * Documentos de Identidad emitidos por la Coordinación General de Privilegios e Inmunidades (CGPI) / Ministerio de Relaciones Exteriores Brasil (MRE) de las categorías CD y CC0. ** Documentos de Identidad emitidos por la CGPI / MRE de las categorías AD y AC. |
||||
1 - Exención de la tarifa de embarque |
||||
2 - Sólo para personas que se encuadren en las siguientes categorías, a solicitud del MRE: Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Jefe de Parlamento, Monarca y sus familiares. |
Organismos Internacionales en Brasil |
|
Agencia Brasileña-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC) |
SÍ |
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) |
SÍ |
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) |
SÍ |
Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (BIRD) |
SÍ |
Centro de Información de las Naciones Unidas (UNIC Rio) |
SÍ |
Comisión Económica de las Naciones Unidas para América Latina y el Caribe (CEPAL) |
SÍ |
Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) |
SÍ |
Comisión Jurídica Interamericana de la Organización de los Estados Americanos (CJI-OEA) |
SÍ |
Corporación Andina de Fomento (CAF) |
SÍ |
Corporación Financiera Internacional (CFI, IFC) |
SÍ |
Oficina de las Naciones Unidas sobre Drogas y Delitos (UNODC) |
SÍ |
Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) |
NO |
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) |
SÍ |
Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) |
SÍ |
Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) |
SÍ |
Fondo Monetario Internacional (FMI) |
SÍ |
Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) |
SÍ |
Instituto Interamericano para la Investigación en Cambios Globales (IAI) |
SÍ |
Instituto Sudamericano de Gobierno en Salud (ISAGS) |
NO |
Japan Bank of International Cooperation (JBIC) |
NO |
Liga de los Estados Árabes (LEA) |
SÍ |
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNSECO) |
SÍ |
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) |
SÍ |
Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (UNIDO) |
SÍ |
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) |
NO |
Organización de los Estados Americanos (OEA) |
SÍ |
Organización de los Estados Iberoamericanos (OEI) |
NO |
Organización Internacional para las Migraciones (OIM) |
SÍ |
Organización Internacional del Trabajo (OIT) |
SÍ |
Organización Mundial de Meteorología (OMM) |
SÍ |
Organización Panamericana de la Salud y Organización Mundial de la Salud (OPS - OMS) |
SÍ |
Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA) |
NO |
Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) |
SÍ |
Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH / SIDA (ONUSIDA) |
SÍ |
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD, UNDP, ONU) |
SÍ |
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) |
SÍ |
Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - Centro de Excelencia contra el Hambre |
SÍ |
Red de Información Tecnológica Latinoamericana (RITLA) |
NO |
Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) |
SÍ |
i) Ao chefe da missão |
Se podrán presentar los siguientes casos:
1. Pasajeros exentos que desean realizar una compra (1a emisión):
Cuando el pasajero indique estar exento, se debe revisar la tabla de países exentos e indicar que debe presentar los documentos definidos en la resolución 432/2017 según el país de ciudadanía y condición de viaje del pasajero. Luego de hacer la comprobación de documentación que lo acredite se deberá proceder con la emisión del ticket liberando la tasa BR (tasa de embarque de BR).
Es responsabilidad del agente emisor enviar una copia del documento de respaldo, para que LATAM pueda adjuntarlo a WIS antes de finalizar el proceso de emisión. Esta solicitud debe ser enviada a través del Portal Privado - Solicitud de Exención Pre Venta opción Exención Diplomática.
Para finalizar, se debe ingresar en el campo ENDOSO del ticket el texto: AUTH TICKETING TAX BR EXEMPT GOB más el número de folio.
Se debe informar al pasajero que debe llevarlo al aeropuerto al momento del viaje porque puede ser solicitado por el personal de la aerolínea.
2. Pasajeros exentos que declaran su condición después de tener un ticket emitido (reemisión):
Cuando el pasajero indique que ha comprado un ticket que está exento, se debe revisar la tabla de países exentos e indicar que debe presentar los documentos definidos en la resolución 432/2017 según el país de ciudadanía y condición de viaje del pasajero. Luego de hacer la comprobación de documentación que lo acredite se deberá proceder con la reemisión y devolución de la tasa de embarque BR.
3. Pasajeros exentos que declaran su condición posterior al viaje (ticket usado):
Para tickets emitidos en los canales de ventas indirectas el cliente debe ser derivado directamente a LATAM para que solicite la devolución de la tasa.