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El transporte de pasajeros deportados o detenidos sigue regulaciones internacionales y políticas internas de seguridad. Esta sección detalla cómo proceder ante solicitudes de autoridades migratorias para trasladar a una persona deportada o detenida, con o sin escoltas, asegurando un manejo adecuado y conforme a las normas vigentes. |
Un deportado es alguien que, después de haber entrado en un país de manera legal o ilegalmente, recibe una orden de la autoridad migratoria para que abandone el país impidiéndole su regreso por un término determinado de tiempo, por haber incurrido en alguna falta en contra de la Ley migratoria establecida.
La autoridad migratoria que ordene el traslado de un deportado es la responsable de proporcionar el ticket para su viaje y definir el destino del pasajero, que regularmente es su país de origen o de procedencia o algún tercer país que lo admita.
Las autoridades locales o Seguridad corporativa podrán definir si el deportado debe viajar con o sin escoltas:
Este servicio se encuentra disponible sujeto a las regulaciones vigentes de cada país, requerimientos internos y disponibilidad que permitan llevar a cabo el servicio, debiendo cumplir al menos las siguientes condiciones:
El servicio de DEPU / DEPA debe ser solicitado a través de Global Sales Support con al menos 48 horas hábiles de antelación a la salida del vuelo. Si la solicitud se hace fuera de este plazo, no podremos garantizar la confirmación del servicio.
Para realizar la solicitud, el agente de viajes debe enviar:
Todos estos documentos deben enviarse en formato PDF y en un solo archivo.
La autoridad encargada deberá completar el formulario requerido para la valoración del riesgo. Esta autoridad garantiza que se cumplan todas las regulaciones de seguridad de aviación civil y los programas de seguridad aplicables a las aerolíneas del grupo LATAM.
Link del Formulario en español/inglés.
Se implementó un nuevo formulario digital para el envío de solicitudes y el análisis de pasajeros deportados, permitiendo que el contacto de las autoridades competentes para la solicitud de transporte de pasajeros deportados y el envío de la documentación se realice directamente con el área responsable del análisis de riesgo para autorizar o negar el embarque y la reserva.
La solicitud será gestionada de acuerdo a lo siguiente:
- La autoridad responsable solicitará a la agencia de viajes la reserva del deportado y escoltas (si aplica).
- Al recibir la solicitud, la agencia de viajes creará la reserva con los vuelos correspondientes e incluirá el OSI y el código IATA para evitar la cancelación del itinerario. Ejemplo: OSI DEPA48 IATA 12345678.
* El OSI mencionado deberá utilizarse únicamente para este tipo de solicitud.
- Tras la recepción de la reserva creada, la entidad deberá contactarse con el departamento de Seguridad Corporativa para solicitar el formulario, para envío y análisis de la documentación del pasajero deportado.
- Luego del análisis de la información y los documentos, el equipo responsable responderá con la autorización o la negativa de embarque en un plazo de hasta 48 horas (días hábiles).
- Una vez realizado la validación y confirmación del servicio SSR DEPA/DEPU, la emisión de la reserva deberá realizarse directamente con la agencia de viajes.